“El modelo de Auditorias quedo obsoleto”

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"El modelo de Auditorias quedo obsoleto"

Lo aseguro el Dr. Sergio Oste, integrante del Tribunal de cuentas de la Provincia de San Luis y Presidente del Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas, Órganos y Organismos Públicos de Control Externo de la República Argentina, haciendo un análisis sobre la actualidad del control de los fondos públicos en el país y la necesidad de reglamentar el art 85, de la Constitución Nacional.

¨En el marco del 70 aniversario del Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa, nos reunimos con el Gobernador, Sergio Ziliotto, y le hemos manifestado como representante de los tribunales de cuentas y organismos de contralor del país sobre esta necesidad, de reglamentar el art. 85 de la Constitución Nacional, mediante el dictado de una ley del Congreso de la Nación como lo establece la misma normativa, a fin de otorgarle a la Auditoría General de La Nación las funciones sancionatorias y jurisdiccionales acorde a los estándares de rendición de cuentas que exige la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, convención de la cual La Nación Argentina es parte desde el año 2006”.

“Entre los temas abordados también estuvo la deuda pública, particularmente la deuda de las Provincias Argentinas que superan los 24 mil millones de dólares, equivalente a la mitad de la cifra que dejó de deuda Nacional el gobierno militar en el año 1983. Tres provincias de son la excepción, es decir que no tienen deuda, es el caso de las provincias de San Luis, Santiago del Estero y la provincia de La Pampa”

“También hablamos de la deuda Nacional que supera los 360 mil millones de dólares, y el rol de los Organismos de Control Nacional en las operaciones de tomas de deuda pública”

“Y es allí que fluye la necesidad de dictar la Ley que prevé el art.85 de la C.N. sobre la cual el Congreso de la Nación está en mora desde hace 29 años”

Antecedentes

Hasta el año 1992 existía un Tribunal de Cuentas de la Nación, el cual desapareció por la sanción de la ley de administración financiera, con lo cual los organismos del Estado Nacional dejaron (Técnicamente) de rendir cuentas, y se crea la Auditoría General de la Nación y en el año 94 se le da rango constitucional a través del artículo 85, ese artículo prevé el dictado de una ley que reglamente sus funciones, ley que nunca se dictó.

En el año 2003 la Organización de las Naciones Unidas dicta “La Convención Contra la Corrupción”, estableciendo que los estados partes deben rendir cuentas, o sea que debe haber un Organismo donde cada Estado y sus órganos de ejecución presupuestaria, rinda cuentas de los dineros públicos. Estos organismos a su vez tienen que tener facultades resolutorias y jurisdiccionales para aprobar o rechazar esas rendiciones, y en su caso juzgarlas. Tres años después, en el año 2006, a través de una ley del Congreso, el Estado Argentino se adhirió a dicha convención, por lo tanto a partir del año 2006 se debería haber dictado la ley que reglamente las funciones de la Auditoría General de la Nación, con las mismas facultades de un Tribunal de Cuentas, es decir que los Organismos Nacionales deberían rendir cuentas, como en cualquier Provincia Argentina que tiene Tribunal de Cuentas.

Rumbo al consenso

¨A partir de la última reunión ordinaria de nuestra organización en Catamarca, comenzamos una campaña de dialogo y concientización con cada Gobernador que nos posibilite dialogar”, aseguro Oste.

Además adelanto, “por supuesto que seguiremos por este camino que creemos necesario. La metodología que implementamos es llevada adelante por las Autoridades de los Organismos de Control de cada Provincia, quienes gestionan las reuniones con sus respectivos gobernadores. Es necesario que la Nación Argentina cumpla con los estándares internacionales de control y rendición de cuentas. Para eso nos hemos comprometido. El modelo de Auditoría que en los 90 parecía moderno, a partir de la Convención Internacional del 2003 quedo obsoleto”

 

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