En el día de la fecha jueves 25 de junio de 2020 se llevó adelante audiencia imputativa a la Sra. L.R.C. de 39 años y H.A.L. de 44 años por los delitos de Vejaciones, Lesiones leves, Incumplimiento de los deberes de funcionario público y Falsedad ideológica de instrumento público, en concurso real, en carácter de coautores y en grado de consumado.
El Fiscal Dr. Gonzalo Fernandez Bussy imputó el hecho ocurrido en fecha 21 de Mayo del 2020 a la 1am aproximadamente en Calle Pablo VI cerca de la intersección con Calle Iriondo de Villa Gobernador Gálvez , cuando los imputados se encontraban cumpliendo funciones de servicio como adscriptos al Comando Radioeléctrico de Villa Gobernador Gálvez en momentos que aprehenden a P.F. y H.V por presunto hecho de incumplimiento de la cuarentena vigente resistencia a la autoridad, para lo cual solicitaron apoyo radial.
Luego de la aprehensión de ambos y durante el traslado a la comisaría 26, aprovechando que P.F. se encontraba esposado, L.R.C. le propinó golpes en distintas partes del cuerpo; al arribar a la comisaría para concluir con el procedimiento, personal policial nota las lesiones que presentaba el aprehendido P.F., y le indica que previo a ingresar el detenido a la comisaría debían llevarlo para que sea asistido.
Ante esa situación L.R.C. y H.A.L. proceden a trasladar, en la misma unidad a P.F. al Hospital Anselmo Gamen para que sea asistido, para posteriormente y al regresar a la Comisaría –y otra vez durante el trayecto- L.R.C. vuelve a propinarle distintos golpes de puño en el rostro y cuerpo, aprovechando la indefensión del aprehendido.
También se les atribuye a ambos haber insertado datos falsos en el acta de procedimiento del hecho descripto respecto a los motivos de la detención de P.F y H.V., ello a los fines de justificar la aprehensión de los mismos como así también las lesiones que presentara P.F. incumpliendo con sus deberes de funcionario público.
En audiencia el Fiscal solicitó la prisión preventiva efectiva por el plazo de 90 días para ambos imputados. La Jueza de Primera Instancia Dra. Maria Melania Carrara tuvo por formalizada audiencia imputativa y dictó prisión preventiva con modalidad domiciliaria por el plazo de 30 días para L.C.R. y H.A.L., teniendo en cuenta el marco de emergencia sanitaria.