Parque Acuático: la Justicia le asestó un durísimo revés a Ciudad Futura y la Municipalidad avanza con la obra

En un contundente fallo que deja en evidencia la utilización de los tribunales como trinchera política, la Sala 5° de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario declaró inadmisible la demanda de la oposición y dejó en claro que la Justicia no está para resolver lo que se pierde en las urnas o en el Concejo.
 
Rosario27/10/2026Redacción 12noticias.tvRedacción 12noticias.tv
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La Cámara dejó en evidencia que ninguno de los cuatro ediles demandantes logró acreditar un perjuicio propio ni directo que justificara la vía judicial.

La maniobra de judicialización impulsada por el bloque opositor Ciudad Futura para frenar la construcción del Parque Acuático se topó con un paredón institucional. En una resolución sin atenuantes, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario desestimó la medida cautelar y declaró inadmisible el recurso planteado por los ediles opositores, dejando despejado el camino para que la Municipalidad de Rosario le dé continuidad y aceleración a los trabajos en el predio.

El pronunciamiento de los magistrados de la Sala 5° no solo respaldó de punta a punta la postura que el Palacio de los Leones sostuvo desde el minuto uno, sino que expuso la ligereza con la que la bancada de Ciudad Futura pretendió trasladar el debate político al fuero judicial.

En un párrafo de altísimo voltaje institucional, el tribunal advirtió que la Justicia “no es un tercer ámbito de deliberación a disposición de las minorías ni una instancia revisora de la política”, remarcando que validar semejante aventura procesal implicaría “convertir a los jueces en árbitros de las disputas políticas internas”.

Contradicciones, improvisación y falta de sustento técnico

A lo largo del trámite judicial, la embestida opositora se fue desmembrando por su propia inconsistencia. Tras haber solicitado inicialmente un freno total a la intervención en el predio, los concejales de Ciudad Futura intentaron recalcular sobre la marcha y afirmaron que únicamente pretendían detener el módulo del Parque Acuático, permitiendo el avance de las demás obras.

Sin embargo, ese volantazo discursivo dejó al descubierto una preocupante falta de rigor. El tribunal dejó al desnudo que esa pretensión no fue acompañada por una reformulación formal del pedido ni por informes técnicos que demostraran que era posible escindir la obra sin arruinar el proyecto integral. Al respecto, el juez René Galfré fue tajante al señalar que “esa precisión no fue acompañada por una reformulación del objeto de la cautelar”, ni por estudios técnicos que fundamentaran la “factibilidad de la separación de la obra”.

Sin pruebas de perjuicio y con el diario de ayer

El capítulo probatorio terminó de sepultar la pretensión de la bancada opositora. La Cámara dejó en evidencia que ninguno de los cuatro ediles demandantes logró acreditar un perjuicio propio ni directo que justificara la vía judicial. De manera casi insólita, las "pruebas" que presentaron para fundar la demanda consistían en proyectos e iniciativas que ellos mismos habían impulsado previamente en el recinto del Concejo Municipal.

“El hecho que se propone probar no es un perjuicio sufrido por los actores, sino la afectación a las atribuciones del Concejo”, fundamentó la resolución, subrayando la paradoja de apelar a los tribunales cuando la propia oposición reconocía al cuerpo legislativo como el ámbito natural para saldar las diferencias.

Por último, el fallo desarticuló la última bandera discursiva con la que Ciudad Futura intentó victimizarse en los medios: el dictamen de la Procuración de Segunda Instancia que había recomendado dar curso al planteo del edil Juan Monteverde. La Cámara recordó con frialdad técnica que dicha opinión no tiene carácter vinculante y declaró la demanda inadmisible, dejando expuesto el costo político de intentar paralizar las obras de la ciudad con planteos sin sustento.

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