La norma garantiza la cobertura del 100% de los medicamentos y reactivos de diagnóstico a todos los que padecen esta enfermedad. Las obras sociales y entidades de medicina prepaga deberán ponerla en práctica.
Esta ampliación de la ley 23.753, aprobada en noviembre del año pasado, había sido aprobada por unanimidad y garantiza la total cobertura de los medicamentos para los diabéticos en la cantidad indicada según la prescripción médica.
En la reglamentación se hace hincapié que el Ministerio de Salud de la Nación deberá acordar con las provincias y con la Ciudad de Buenos Aires, las medidas necesarias para garantizar a los diabéticos el aprovisionamiento necesario de medicamentos y reactivos de diagnóstico.
Este aprovisionamiento “será financiado por las vías habituales de la Seguridad Social y por los sistemas de medicina privada” y los gobiernos provinciales quedarán a cargo de los pacientes “carentes de recursos y de cobertura médica”.
La reglamentación indica además que “los agentes del Sistema Nacional de Seguro de Salud, no podrán establecer otros requisitos para la cobertura que los estipulados por la reglamentación de la ley”.
La ampliación de la ley de Diabetes, una norma sancionada en 1988, vino a complementar una cobertura que era muy limitada y desactualizada para los que están afectados por esta enfermedad.
La diabetes ya alcanza al 11% de los adultos en la Argentina, según indica un estudio que se hizo en el país, Uruguay y Chile en 2005, y una de cada cuatro personas no sabe que padece la enfermedad.