El concejal de Cambiemos Carlos Cardozo presentó un pedido a la intendenta Mónica Fein a los efectos de que “de manera inmediata” se reglamente y ponga en práctica la ordenanza de “Plan de Emergencia y Evacuación para edificaciones”, aprobada por el Concejo Municipal en octubre de 2015, a partir de un proyecto presentado por concejales del Partido Socialista en el año 2013, a la vez que también propone un aporte a la normativa nunca puesta en práctica por la Municipalidad de Rosario, incorporando un artículo en donde el municipio deba notificar a través de la emisión de la TGI a todos los consorcistas de los edificios alcanzados por la normativa de la obligatoriedad de la puesta en práctica del Plan de Emergencia y el simulacro anual que también dispone la ordenanza.
“Estamos ante un caso más de incumplimiento de ordenanzas a las que nos tiene acostumbrados la administración municipal, pero en este caso con una doble particularidad: que se trata de un tema muy sensible y que sería muy bueno que se implemente para seguridad de todos quienes habitan, transitan o trabajan en edificios privados o públicos y que la iniciativa inicial partió de un grupo de concejales del oficialismo” señaló el edil de Cambiemos.
Cardozo recordó que la Ordenanza 9448/15 dispone la implementación de un “Plan de Emergencia y Evacuación para edificaciones” en donde se señalaba que “será obligatorio para las edificaciones públicas y/o privadas emplazadas dentro del ejido urbano de la ciudad -de uso residencial colectivo, administrativo, comercial, industrial, instituciones educativas, clínicas y sanatorios- poseer un Plan de Emergencia y Evacuación de modo de contar con una herramienta de vital importancia para preservar la vida e integridadfisica de las personas ocupantes de una estructura edilicia que atraviese una situación de emergencia”
“El Departamento Ejecutivo Municipal deberá – al momento de la reglamentación de la presente norma- tomar como parámetros la superficie minima y su factor ocupacional de modo de establecer el alcance de dicha exigencia en las edificaciones de uso administrativo, comercial y residencial colectivo” dice la normativa aprobada hace casi 3 años.
“Para todas aquellas edificaciones existentes anteriores a la fecha de sanción de la presente norma, y cuyos usos se encuadren dentro de los mencionados en el Artículo lo, se otorgará un plazo máximo de un (1) año para formular su Plan de Emergencia y Evacuación, debiendo presentar el mismo ante la Dirección General de Obras Particulares del Municipio” y que “a los efectos de dar a conocer los Planes de Emergencia y Evacuación será obligatorio organizar anualmente la realización de Simulacros de Evacuación, a los fines de capacitar a las personas ocupantes para tomar las decisiones oportunas y disminuir los riesgos posibles en situaciones de emergencia. Los mismos deberán ser documentados por profesional habilitado en la materia” expresa la ordenanza.